Bruquetas de Castro, Fernando
Geografía e Historia. Las Palmas de Gran Canaria – 2000
La tesis presentada con el título "Lanzarote en el siglo XVII (Gobierno y administración)" consta de dos partes: en la primera se hace un estudio del Señorío de Canarias en el que se inserta el gobierno de la isla de Lanzarote por los marqueses homónimos de la misma. En ella se incide en el gobierno y la administración de la isla en los primeros años del siglo y posteriores a la invasión de 1618, quedando planteada la cuestión para el resto de la centuria. En esta primera parte se analizan los antiguos privilegios y recurso de la casa Herrera, como cabeza del condado y marquesado de Lanzarote, de los que sobresalía el derecho de Quintos, otorgado por los monarcas castellanos a los progenitores de dicha casa. En la segunda parte de la tesis se afronta la administración pública encarnada en una de las instituciones emblemáticas de la edad Moderna castellana: el Cabildo. El estudio de esta institución se ha estructurado a su vez en otras tres partes: composición, recursos y competencias. En el capítulo dedicado a la composición del Cabildo se estudian y analizan cada uno de los cargos que integraron la administración pública insular, incluyendo el nombramiento de los mismos e insertándolos en la legislación castellana coetánea. En el capítulo referente a los recursos de la institución se hace un estudio y análisis pormenorizado de todos y cada uno de esos recursos que en muchas ocasiones se mostraron insuficientes para cumplir el objetivo administrativo y gubernativo del Cabildo lanzaroteño. Se ha hecho especial hincapié en una época en que el derecho de Quintos, pertenecientes a los Señores de la Isla fue secuestrado por la Real Audiencia, quien delegó su recaudación al Cabildo insular. Este hecho ha permitido conocer la cualidad y cantidad de todas las exportaciones de Lanzarote durante las fechas de secuestro; lo que se ha puesto en consonancia con el gobierno y la administración de la isla en todas las ocasiones. El capítulo referente a las competencias se ha puesto siempre en relación con los recursos de la institución, aportando en algunos casos los conflictos de competencia suscitados con la Real Audiencia de Canarias